Soluciones Especializadas en Tratamiento de Aguas Residuales

En AKUADOR diseñamos soluciones innovadoras para el tratamiento de aguas residuales urbanas e industriales, adaptadas a las necesidades específicas de cada cliente y garantizando el cumplimiento normativo.

Tratamiento de Aguas Residuales Urbanas

Sistemas personalizados para viviendas y comunidades

Ofrecemos sistemas de depuración propios para viviendas, comunidades y núcleos residenciales que no cuentan con conexión a una red municipal. Diseñamos soluciones adaptadas al volumen de agua generado y a las características del terreno.

Depuración de Aguas Residuales Industriales

Soluciones técnicas adaptadas a procesos industriales

Prestamos asistencia técnica para actividades industriales que generan aguas residuales. Diseñamos e implementamos sistemas personalizados para procesos de refrigeración, producción u otros efluentes industriales.

Vertidos

A los efectos de la Ley de Aguas, se consideran vertidos los que se realizan directa o indirectamente en las aguas continentales, así como en el resto del dominio público hidráulico. Cualquiera que sea el procedimiento o técnica utilizada
En primer lugar, los vertidos directos constituyen la emisión directa de contaminantes a las aguas continentales o a cualquier otro elemento del dominio público hidráulico. Asimismo, la descarga de contaminantes en el agua subterránea mediante inyección sin percolación a través del suelo o del subsuelo.
En segundo lugar, los vertidos indirectos son los realizados en aguas superficiales o en cualquier otro elemento del dominio público hidráulico. Y también, en aguas subterráneas mediante filtración a través del suelo o del subsuelo.
Sí. Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales que puedan contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico. Salvo que se cuente con la previa autorización administrativa.
Todas las aguas residuales deben considerarse aguas susceptibles de contaminar el dominio público hidráulico. Y, por lo tanto, requieren autorización de vertido.
En el caso de las aguas residuales domésticas o asimilables no incorporadas a redes de alcantarillado públicas, le corresponde a su titular o propietario solicitar la autorización de vertido. Ya sea que se trate de viviendas aisladas, urbanizaciones, restaurantes o hoteles.
Las autorizaciones de vertido corresponderán a la Administración hidráulica competente. Salvo en los casos de vertidos efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas o locales o por entidades dependientes de las mismas. En estos últimos casos, la autorización corresponderá al órgano autonómico o local competente.

“Expertos en gestión del agua y sostenibilidad, comprometidos con la eficiencia y el cuidado del medio ambiente para su empresa.”

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