Sistemas de Gestión Ambiental NORMA UNE 149401
En lo que se refiere al tratamiento de aguas residuales, el Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, incorporó al ordenamiento jurídico español los preceptos de la Directiva de la Unión Europea 91/271/CEE, de 21 de mayo, que requerían rango de norma legal. El Real Decreto 509/1996 completó dicha incorporación al determinar los requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas de saneamiento, así como los criterios de calidad de las aguas vertidas por las instalaciones de depuración con tratamiento secundario, distinguiendo entre los que vayan a realizarse a las zonas declaradas sensibles. Posteriormente, con el Real Decreto 2116/1998 de octubre se introducen las modificaciones técnicas necesarias para trasponer la Directiva de la UE 98/15/CE que modifica los anexos de la Directiva 91/271/CEE.
Con fecha 10 de abril de 2024 se ha aprobado oficialmente por el Parlamento Europeo el texto sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo para la actualización de la Directiva Europea 91/271/CEE de tratamiento de aguas residuales urbanas en el cual quedan reflejados aspectos de mejora y ampliación del alcance, siendo uno de ellos el asociado a la contaminación restante pendiente de tratar, y que pone su foco en las pequeñas aglomeraciones, en los sistemas individuales de tratamiento, en los desbordamientos de aguas pluviales y escorrentía urbana, en la eliminación de nutrientes y en los vertidos de aguas residuales no domésticas.
Y corresponde a los Entes Locales las competencias de la protección de la salubridad pública y del sistema de saneamiento. Esta implicación debe tener su reflejo en el desarrollo de un Plan de saneamiento y de control de vertidos al sistema de saneamiento, que debe de incluir la correspondiente Ordenanza o Reglamento de Vertidos, dado que son ellos los responsables del vertido final al Dominio Público Hidráulico, como titulares de la autorización de vertido, independientemente de que la gestión que se realice, en materia de saneamiento, sea supramunicipal.